Según la ley 142 de 1994 menciona que Promovalle S.A.S. E.S.P. y Promocali S.A.S. E.S.P. Están reguladas por:
Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) Promueve la competencia entre quienes prestan el servicio de agua potable y saneamiento básico y regula los monopolios en la prestación de tales servicios. Y vigiladas por: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) Delegada por la Presidencia de la República para controlar y vigilar el cumplimiento de las normas, la calidad y eficiencia del servicio público de aseo domiciliario.
Promovalle S.A.S. E.S.P., tiene como objeto social principal la ejecución del contrato No. 089 de 2008 adjudicado para la operación y explotación de los servicios de recolección de residuos, el barrido y la limpieza de vías y áreas públicas, la gestión comercial, corte de césped, poda de árboles, lavado, en vías y áreas públicas; en la zona No. 3 de la ciudad de Cali, conformada por las comunas 10, 16, 17, 18, 22 y los corregimientos Navarro, El Hormiguero, Pance, Villacarmelo y La Buitrera.
Promocali S.A.S. E.SP., tiene como objeto social principal la ejecución del contrato No. 05 de 2010 adjudicado para la operación y explotación de los servicios de recolección de residuos, el barrido y la limpieza de vías y áreas públicas, la gestión comercial, corte de césped, poda de árboles, lavado, en vías y áreas públicas; en la zona No. 1 de la ciudad de Cali, conformada por las comunas 2, 4, 5, 6, 7 y 8.
El programa de prestación del servicio público de aseo es un instrumento de planeación y seguimiento, reglamentado por el Decreto 2981/2013, que busca determinar la condición de problema, inconveniente y vulnerabilidad que se pueda presentar en las actividades desarrolladas por el prestador del servicio, para así mismo estructurar objetivos, metas, estrategias, campañas educativas, cronograma, costos y fuentes de financiación en los diferentes componentes del servicio, con el fin orientar las acciones de mejora en cobertura, calidad, continuidad y eficiencia. Teniendo en cuenta lo anterior, el programa de prestación de servicio público de aseo se desarrollará, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Resolución 0288 del 27 de abril de 2015.
El distrito de Cali se encuentra establecido como una sola zona de prestación del servicio de aseo para el efecto de tarifas, las cuales están a cargo de EMSIRVA E.S.P. en Liquidación, de acuerdo con las metodologías tarifarias establecidas por la Comisión de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA.
En cumplimiento de la Ley 142 de 1994, la Resolución CRA 720 de 2015 y la Resolución CRA 853, se permite publicar las tarifas del servicio público de aseo correspondientes al mes de enero de 2024 para la ciudad de Santiago de Cali.